Reconocimiento de Sentencias Judiciales
Oficina de Pensiones
¿En qué consiste este trámite?
Trámite administrativo de la Oficina de Pensiones mediante el cual se da cumplimiento a fallos judiciales en materia pensional. Este proceso permite el reconocimiento y orden de pago de las sumas de dinero derivadas de sentencias debidamente ejecutoriadas contra la administración.
Fundamento Legal
Ley 1437 de 2011 (Artículo 192) Decreto 1833 de 2016 (Artículo 2.2.11.1.2)
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Reúna la totalidad de los documentos judiciales (fallos, ejecutoria, poder) y los soportes personales (cédulas, RUT, certificación bancaria).
Paso 2: Asegúrese de que su poder autenticado contenga la facultad expresa para recibir dineros y que su contrato de honorarios esté claro, ya que estos serán auditados.
Paso 3: Ingrese a nuestro portal web y diligencie el formulario, adjuntando la documentación escaneada en formato PDF.
Paso 4: La Oficina de Pensiones, en conjunto con el área jurídica, realizará el control de legalidad y la revisión de la ejecutoria de la sentencia. Este estudio puede tardar hasta 10 meses (300 días).
Paso 5: Una vez validada la procedencia del pago y la veracidad de los soportes, se emitirá el Acto Administrativo de cumplimiento.
Paso 6: Se ordenará a la pagaduría el pago según el cronograma y disponibilidad de fondos, notificándole el resultado final a su correo registrado.
Ficha del Trámite
- Código 83430
- Plazo 300 días hábiles
- Costo Gratis
- Canal online