Cód. 32936 Disponible En Línea

Reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal de primero y segundo grado

Secretaría de Equidad y Poder Popular / JAC

15
Días Hábiles
Gratis
Costo
¿En qué consiste este trámite?

Obtener el reconocimiento de la personería jurídica por parte de la entidad de inspección, control y vigilancia de la organización comunal, con el fin de que la misma pueda desarrollar su objeto social, ejercer legalmente sus derechos y contraer obligaciones.

Fundamento Legal

Constitución Política de Colombia de 1991 (Art. 38), Ley 2166 de 2021 (Art. 80 y 81), Ley 753 de 2002, Decreto 1066 de 2015 (2.3.2.1.4., numeral 3 del 2.3.2.1.25. y 2.3.2.1.26.).

Documentos Requeridos
Carta de solicitud
Solicitud escrita de reconocimiento de personería jurídica, dirigida a la Secretaría de Equidad y Poder Popular.
Acta de la Primera Asamblea General
Elección del Tribunal de Garantías, Comisión de Estatutos y Presidente/Secretario Ad Hoc, con listado de asistencia.
Acta de la Segunda Asamblea General
Lectura y aprobación de estatutos, postulación de dignatarios y afiliación al grado superior, con listado de asistencia.
Acta de la Tercera Asamblea General
Proceso de elección de dignatarios, verificación y conteo de votos, firmada por el Tribunal de Garantías.
Acta de constitución y elección de directivas
Suscrita por Presidente, Secretario y miembros del Tribunal de Garantías.
Estatutos de la organización comunal
Dos copias de los estatutos aprobados en la Segunda Asamblea.
Acta de aprobación de estatutos
Suscrita por el Presidente y Secretario de la Asamblea General.
Certificación de delimitación de territorio
Expedida por la autoridad competente, especificando el territorio donde operará la organización.
Relación de afiliados
Dos copias con nombre y documento de identificación de todos los afiliados.
Cédulas de ciudadanía de dignatarios
Copias legibles de los documentos de identidad de todos los dignatarios elegidos.
Listas de asistencia
De las tres asambleas generales realizadas.
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
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Paso 1: Convoque y realice la Primera Asamblea General. En ella elija el Tribunal de Garantías, la Comisión encargada de redacción y revisión de Estatutos, y el Presidente y Secretario Ad Hoc. Levante el acta con el listado de asistencia. Recuerde que el Tribunal de Garantías tiene una vigencia máxima de 90 días.

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Paso 2: Elabore los Estatutos de la organización comunal a través de la Comisión designada.

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Paso 3: Convoque y realice la Segunda Asamblea General, donde se leerán y aprobarán los Estatutos, se realizarán las postulaciones de dignatarios (planchas) y se formalizará la afiliación al grado superior. Levante el acta con el listado de asistencia.

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Paso 4: Convoque y realice la Tercera Asamblea General para la elección de dignatarios. Realice el proceso electoral, verificación y conteo de votos. Levante el acta firmada por el Presidente, Secretario Ad Hoc y Tribunal de Garantías, con el listado de votantes y plancha elegida.

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Paso 5: Obtenga la Certificación de delimitación de territorio expedida por la autoridad competente del municipio.

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Paso 6: Reúna toda la documentación en formato PDF: carta de solicitud, las tres actas de asamblea, acta de constitución y elección de directivas, dos copias de los estatutos, acta de aprobación de estatutos, certificación de territorio, relación de afiliados, cédulas de dignatarios y listas de asistencia.

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Paso 7: Diligencie este formulario web con los datos de la organización y cargue todos los documentos requeridos.

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Paso 8: La Secretaría de Equidad y Poder Popular verificará que la documentación cumpla con la normatividad vigente (5 a 10 días hábiles). Si hay documentos incompletos o con inconsistencias, recibirá una notificación a su correo solicitando la subsanación.

9

Paso 9: El abogado encargado proyectará la Resolución de Personería Jurídica (5 días hábiles), la cual será revisada y firmada por el Secretario de Equidad y Poder Popular (2 días hábiles).

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Paso 10: La Secretaría le notificará por correo electrónico la Resolución de Reconocimiento de Personería Jurídica (1 día hábil).

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Ficha del Trámite
  • Código 32936
  • Plazo 15 días hábiles
  • Costo Gratis
  • Canal online
Dependencia Responsable
Secretaría de Equidad y Poder Popular / JAC
SEP-007