Reconocimiento de Compatibilidad de Pensión
Oficina de Pensiones
¿En qué consiste este trámite?
Trámite administrativo ante la Oficina de Pensiones mediante el cual se evalúa, reconoce y ordena la compatibilidad o compartibilidad de pensión. Este proceso permite al pensionado recibir o consolidar el pago de su mesada pensional cuando tiene derechos adquiridos en diferentes regímenes o entidades (cruce de pensiones del sector público y privado).
Fundamento Legal
Decreto 758 de 1990 (Artículo 16) Decreto 1833 de 2016 (Artículo 2.2.10.41.6)
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Redacte la carta de solicitud indicando claramente cuáles son las entidades pensionales que están involucradas en su petición de compatibilidad.
Paso 2: Tenga a mano su resolución de pensión de vejez emitida por la entidad administradora y su documento de identidad.
Paso 3: Ingrese a este portal web y diligencie el formulario, adjuntando sus soportes en formato PDF.
Paso 4: La Oficina de Pensiones radicará su solicitud y procederá a realizar el estudio jurídico para determinar la procedencia de la compartibilidad, cotejando con las normas del sistema pensional.
Paso 5: Dada la naturaleza de los cruces de información entre regímenes y entidades, el estudio y resolución del caso toma aproximadamente 120 días (4 meses).
Paso 6: Se expedirá el Acto Administrativo de reconocimiento de la compatibilidad (o negación debidamente motivada) y le será notificado electrónicamente.
Ficha del Trámite
- Código 83429
- Plazo 120 días hábiles
- Costo Gratis
- Canal online