Reconocimiento de Auxilio Funerario
Oficina de Pensiones
¿En qué consiste este trámite?
Trámite administrativo de la Oficina de Pensiones mediante el cual se reconoce y ordena el pago del auxilio funerario a la persona (natural o jurídica) que haya sufragado los gastos de entierro de un pensionado o trabajador del sector oficial fallecido.
Fundamento Legal
Ley 100 de 1993 (Artículo 51) Decreto 1833 de 2016
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Asegúrese de obtener el Registro Civil de Defunción reciente en la Notaría o Registraduría y de contar con la factura original del servicio funerario pagado.
Paso 2: Solicite en su banco una certificación de cuenta activa y asegúrese de tener su RUT actualizado.
Paso 3: Ingrese a nuestro portal web y diligencie el formulario, adjuntando en formato PDF todos los soportes documentales.
Paso 4: La Oficina de Pensiones radicará su solicitud y procederá a verificar la veracidad de la factura mortuoria y el vínculo de quien sufraga los gastos.
Paso 5: Debido a los procesos de auditoría administrativa, la emisión del acto administrativo y la orden de pago toman hasta 120 días (4 meses).
Paso 6: Se notificará la expedición del Acto Administrativo que reconoce el auxilio y se realizará el abono en la cuenta bancaria certificada.
Ficha del Trámite
- Código 83425
- Plazo 120 días hábiles
- Costo Gratis
- Canal online