Cód. 72373 Disponible En Línea

Licencia de prácticas industriales, veterinarias o de investigación para el uso de equipos generadores de radiación ionizante

Secretaría de Salud

20 días
Plazo Hábil
Gratis
Costo
¿En qué consiste este trámite?

Facultar al titular para el uso de equipos generadores de radiación ionizante (fijos o móviles) en prácticas industriales, veterinarias o de investigación, otorgando licencia categoría I o II.

Fundamento Legal

Resolución 1811 año 2025 (Art 16 - 30) Decreto 2106 año 2019 (Art 16 y 91) Resolución 2400 año 1979 (Art 101) Ley 9 año 1979 (Art 151 - 152)

Documentos Requeridos
Carta de solicitud
Dirigida a la Secretaria Seccional de Salud Departamental.
Formmulario de solicitud de licencia de prácticas médicas
Descargar plantilla
Fotocopia del documento de identificación del solicitante
Para personas naturales
Fotocopia de registro único tributraio (RUT)
Para personas naturales
Camara de comercio
Para personas jurídicas
Fotocopia del documento de identificación del representante legal
Para personas jurídicas
Fotocopia del documento de identificación y diploma del encargado de protección radiológica
Programa de protección radiológica
Documento con estudio ambiental de la instalación
donde conste que se cumplen los límites y restricciones de dosis para los trabajadores y el público, con la descripción de la instalación, zonas adyacentes y plano general de esta
Documento en el que conste la descripción de los blindajes estructurales o portátiles y el cálculo del blindaje
Programa de vigilancia posterado de los equipos generadores de radiación ionizante
Constancia de asistencia de formación de los trabajadores ocupacionalmente expuestos en la práctica industriales, veterinarias o de investigación al curso de formación en protección radiológica
Constancia de asistencia a una capacitación sobre el manejo de los equipos generadores de radiación ionizante
Documento donde se informe a las personas que deben someterse a estos procedimientos del desarrollo del procedimiento, de riesgos asociados y de la posibilidad de solicitar el empleo de una técnica de inspección alternativa que no utilice radiación ionizante
Body Scanner
Constancia o documentación donde se corrobore que el equipo se ajusta a las normas aplicables de la Comisión Electrotécnica Internacional o la Organización Internacional de Normalización o a las normas nacionales equivalentes
Body Scanner
Documento que contenga el programa de protección radiologica
Categoria II
Registros dosimétricos del último periodo de los trabajadores ocupacionalmente expuestos, suministrado por el servicio de dosimetría personal, debidamente autorizado por el Ministerio de Minas y Energía que incluya las dosis acumulativas. Para licencias por primera vez, se aceptará el contrato con el servicio de dosimetría
Categoria II
Documento que contenga la evaluación de emergencias
Categoria II
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
1

Paso 1: Identifique el tipo de equipo a registrar y realice el pago correspondiente en el Banco BBVA.

2

Paso 2: Radique el formulario SUIT-5446-N20 junto con los estudios ambientales, cálculos de blindaje y programas de protección a través de la plataforma web.

3

Paso 3: La Secretaría de Salud realizará la revisión técnica documental en un término de 20 días hábiles.

4

Paso 4: Si existen no conformidades, se le notificará para que realice la respectiva subsanación.

5

Paso 5: Si la documentación es conforme, la entidad territorial programará una visita técnica previa con enfoque de riesgo para validar la señalización y blindajes in-situ.

6

Paso 6: Aprobados los resultados de la visita, se proyecta y aprueba la licencia.

7

Paso 7: Firma de la resolución por parte de la Secretaría y notificación de la licencia expedida.

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Ficha del Trámite
  • Código 72373
  • Plazo 20 días hábiles
  • Costo Gratis
  • Canal online
Dependencia Responsable
Secretaría de Salud
SS-004