Acrecimiento de Pensión
Oficina de Pensiones
¿En qué consiste este trámite?
Trámite administrativo ante la Oficina de Pensiones mediante el cual se retira de nómina al beneficiario fallecido y se acrecienta (aumenta) el pago de la pensión al beneficiario sobreviviente. Este trámite garantiza que la cuota parte del beneficiario que pierde su derecho por fallecimiento sea distribuida entre los beneficiarios restantes.
Fundamento Legal
Decreto 1833 de 2016 (Parágrafo Primero Art. 2.2.8.2.1)
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Obtenga el registro civil de defunción del beneficiario fallecido en la Notaría o Registraduría.
Paso 2: Prepare su carta de solicitud, asegúrese de tener su certificación bancaria vigente y su RUT actualizado.
Paso 3: Ingrese a este portal web y diligencie el formulario, adjuntando todos los soportes en formato PDF.
Paso 4: La Oficina de Pensiones recibirá su solicitud y validará en la base de datos de beneficiarios la novedad de fallecimiento.
Paso 5: Se realizará el ajuste administrativo en la nómina pensional, lo cual puede tardar hasta 60 días hábiles (2 meses) debido a los cierres contables.
Paso 6: Se expedirá el Acto Administrativo que formaliza el acrecimiento y se verá reflejado en su siguiente pago mensual.
Ficha del Trámite
- Código 83437
- Plazo 60 días hábiles
- Costo Gratis
- Canal online